¿Cuáles son los requisitos para exceptuarse del Curso Introductorio y qué debo presentar?
Podrán solicitar la exención del Curso Introductorio aquellas personas que cumplan con al menos una de las siguientes condiciones:
Aspirantes que hayan aprobado un curso de ingreso o de nivelación en una universidad pública o privada, reconocida por el Ministerio de Capital Humano - Secretaría de Educación de la Nación (ex Ministerio de Educación).
-
Egresados/as de institutos terciarios de gestión oficial y/o privada, reconocidos por el Ministerio de Capital Humano - Secretaría de Educación de la Nación.
Aspirantes que hayan cursado y aprobado al menos el 20% de una carrera universitaria, ya sea en instituciones públicas o privadas, reconocidas por el Ministerio de Capital Humano - Secretaría de Educación de la Nación.
-
Egresados/as de carreras universitarias, ya sea en instituciones públicas o privadas, reconocidas por el Ministerio de Capital Humano - Secretaría de Educación de la Nación.
- Egresados/as de universidades extranjeras, cuyos títulos hayan sido convalidados o revalidados en la República Argentina.
Documentación a presentar
Además de la documentación general solicitada para el ingreso (ver apartado “REQUISITOS” de la carrera elegida), deberás presentar, hasta dos semanas antes del inicio de clases (SIN EXCEPCIÓN), alguno de los siguientes documentos, según el caso:
1. Para acreditar el primer punto:
- Constancia que indique explícitamente que aprobó un curso de ingreso emitido por las autoridades de la universidad de origen, o bien,
- Certificado de materias aprobadas del curso de ingreso emitido por las autoridades de la universidad de origen,
+ Nota, certificado o documentación emitida por las autoridades de la universidad de origen donde se detallen cuáles son las asignaturas que conforman el ingreso en esa Institución, lo cual nos permitirá corroborar que lo completó en su totalidad.
2. Para acreditar el segundo punto:
- Título y/o certificado analítico de estudios terciarios superiores completo: Frente/s y dorso/s de todas las hojas que compongan el/los documento/s.
Si aún no contás con el título definitivo o estás tramitando un duplicado por extravío, podrás presentar de forma condicional una constancia de título en trámite, que indique que no se adeudan materias. Las constancias de títulos terciarios en trámite tienen una validez de 60 días desde su fecha de emisión.
3. Para acreditar el tercer punto:
- Constancia emitida por las autoridades de la universidad de origen, que indique el porcentaje de carrera aprobado hasta el momento (mínimo 20%), o bien,
- Certificado de materias aprobadas, emitido por las autoridades de la universidad de origen, que incluya el porcentaje de carrera aprobado hasta el momento (mínimo 20%), o bien,
- Certificado de materias aprobadas emitido por las autoridades de la universidad de origen,
+ Plan de estudios de la carrera donde se detallen las materias que la componen. Con esta información se calculará manualmente el porcentaje aprobado para corroborar si se alcanza el 20%.
4. Para acreditar el cuarto punto:
- Título y/o certificado analítico de estudios universitarios completo: Frente/s y dorso/s de todas las hojas que compongan el/los documento/s.
Si no contás con el título definitivo o estás tramitando el duplicado por extravío, podrás presentar una constancia de título en trámite que indique que no se adeudan materias. Las constancias de títulos universitarios en trámite tienen validez de 1 año desde su fecha de emisión.
5. Para acreditar el quinto punto:
- Título y/o certificado analítico de estudios universitarios completo: Frente/s y dorso/s de todas las hojas que compongan el/los documento/s.
+ Convalidación o revalidación de sus títulos en la República Argentina.
ACLARACIONES IMPORTANTES:
Condiciones sobre la validez de los documentos presentados:
Toda documentación que acredite situación académica parcial (como certificado de ingreso aprobado, certificado de materias, planes de estudio), o documentación provisoria (como constancias de título en trámite), para ser válida deberá estar firmada y sellada por las autoridades competentes del establecimiento educativo de origen (SIN EXCEPCIÓN).
NO se aceptarán: capturas de pantalla, impresiones de sistemas informáticos, ni cualquier otro tipo de documentos que carezcan firma y sello de las autoridades de la institución emisora.
Legalizaciones requeridas:
Todos los títulos y certificados analíticos definitivos deberán contar con la legalización del Ministerio de Capital Humano - Secretaría de Educación de la Nación (ex Ministerio de Educación).
Si residís en la Ciudad de Buenos Aires o en el Gran Buenos Aires y:
- Tu título secundario o terciario fue emitido antes del 01/01/2010, o
- Tu título universitario fue emitido antes del 01/01/2012,
deberás legalizarlos también ante la Vicejefatura de Gabinete del Interior (ex Ministerio del Interior). Este trámite se realiza online a través de Trámites a Distancia (TAD): www.argentina.gob.ar/servicio/legalizar-documentos-publicos.
Titulaciones extranjeras:
Si tu título fue emitido por una institución educativa extranjera, consultá los requisitos y legalizaciones necesarias en el siguiente enlace: clic aquí.
Tenga en cuenta que la solicitud de exención será procesada únicamente si se cumplen las siguientes condiciones:
- El/la postulante presenta toda la documentación requerida, tanto para el ingreso como para la exención, dentro del plazo establecido.
- El equipo académico verifica que la documentación está en orden y cumple con los requisitos para la exención.
- La carrera elegida alcanza el cupo mínimo de inscriptos necesarios para su apertura.
Si se cumplen las tres condiciones mencionadas, unos días antes del inicio de clases, recibirás en tu casilla de correo electrónico un cupón de pago de la matrícula de la carrera.
Reiteramos que los/as postulantes que deseen realizar esta gestión tendrán la oportunidad de enviar los documentos adecuados para que se procese su solicitud únicamente hasta dos semanas previas a la fecha de inicio de la cursada establecida en el Calendario Académico. No se aceptarán presentaciones fuera de ese plazo, sin excepción.